Como tributa socio jurídico II al portafolio integrado y a trabajo social:
El derecho es una ciencia el cual “es el conjunto de principios y normas, expresivos de una idea de justicia y orden, que regulan las relaciones humanas en toda sociedad” [1] el cual bien mencionado aquí, es aquel que nos regula, obteniendo la oportunidad de ser personas con deberes y derechos que nos ofrece esta ciencia, el cual nos entrega una estructura que está basada en propiciar un orden en y para las relaciones sociales. Estos derechos y deberes son las leyes que nos regimos todo ciudadano, que están escritos y legitimados en la constitución, derecho civil, derecho penal, etc. en los que se deben respetar. Estas leyes no se pueden hacer si es que no hubo antes un patrón cultural, una norma cultural por lo tanto en cada uno de los países tienen sus propias leyes que regulan el comportamiento y en algunos casos en las regiones.
El derecho aporta al Trabajo Social es el acercamiento de estos derechos y deberes a la gente, a las personas en las situaciones que esto lo amerite o lo demande, por lo que el Trabajador social debe poseer el conocimiento optimo y suficiente para el buen manejo de derechos y deberes para una intervención óptima.
Por ejemplo la vinculación de un trabajador social con el derecho civil es en el ámbito de tribunales de familia, los cuales se encargan de la vulneración de los derechos de los niños, las pensiones de alimentos, cuidados personal del niño, los descensos para contraer matrimonio y más. En estas situaciones el trabajador social actos como mediador entre los agentes o llamados jurídicamente “partes” en los que debe informarse sobre la realidad del otro y organizar estos para poder llegar a un consenso entre ellos.
Unos de las competencias genéricas que debe tener un Trabajo Social es la promoción a la responsabilidad ético-político, la primera se refiere a la igualdad, libertad y justicia social en las que por medio del derecho accedemos a la legalidad y legitimidad de reconocer a la persona como ciudadano deliberativo en el que tiene opinión y requerimientos, contemplamos la capacidad y libertad de voz, el derecho a ser escuchado y respetado como todas las personas, con capacidad de incidir en la justicia social. En el caso de lo político, los Trabajadores Sociales tienen la responsabilidad, compromiso y promesa de cumplir con el bien estar social.
[1] FERNANDEZ, Tomás; ALEMÁN, Carmen. “Introducción al Trabajo Social”, Capítulo 7, Aportaciones de las ciencias sociales al trabajo social, por tomas Fernández gracia y Luis rondón gracia. Alianza editorial, Madrid, España, 2009. Pág. 208